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Afp Como Funciona Chile?

Afp Como Funciona Chile
Funcionamiento del sistema previsional chileno. Ministerio de Trabajo y Economía Social Chile se rige desde 1980 por un sistema de capitalización individual obligatoria, según el cual todos los trabajadores deben depositar cada mes un porcentaje de su sueldo o ingreso en una cuenta personal de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Son obligatorias, en una cuantía de un 10% sobre el sueldo bruto imponible a cargo del trabajador, más un porcentaje correspondiente a la comisión de la AFP. Se añade también un porcentaje adicional de cotización para acceder al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), de 1,53% del sueldo, que es de cargo al empleador, para trabajadores dependientes. También puede cotizarse voluntariamente, en una cuenta de capitalización individual a cargo del trabajador, por el porcentaje que se desee. Se permite el ahorro previsional voluntario colectivo. Consiste en una mejora acordada por la empresa y los trabajadores para incrementar el fondo de capitalización individual para todos los trabajadores por igual y a cargo del empleador. Existen diferentes fondos (5), cuya rentabilidad es variable y que elige el trabajador. Por norma general, la edad legal para acceder a los fondos es de 65 años a los hombres y de 60 años a las mujeres.

En el caso de los trabajadores independientes (autónomos), el Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar el afiliado independiente por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones.

  • Si el monto retenido fuese insuficiente para el pago total de las cotizaciones, se requerirá el pago directamente al afiliado por el monto faltante.
  • En el caso de que el trabajador trabaje tanto por cuenta ajena como de manera independiente, solo cotizará en la parte de trabajador independiente por los honorarios obtenidos en aquella parte que falta para completar el referido límite imponible anual, si fuera el caso.

En cuanto al tipo de pensiones que entrega el sistema, destacan las siguientes tres modalidades:

Renta Vitalicia. El futuro pensionado opta por una compañía de seguros donde la AFP traslada sus fondos, la compañía calcula la pensión correspondiente mensual de por vida en UF. Este tipo de renta implica el traspaso de la propiedad de los fondos del afiliado a la Compañía de Seguros que elija, así como el riesgo de sobrevida de este, asegurando con ello, independiente de las variables que se presenten, una renta mensual y vitalicia expresada en UF. Retiro programado. El futuro pensionado negocia con la AFP una pensión mensual en UF de acuerdo con los fondos capitalizados por un tiempo determinado. El afiliado decide mantener su cuenta individual en una AFP, con cuyo saldo acumulado le será calculada anualmente una pensión, siendo su monto dependiente del saldo que año a año exista en su cuenta. Mixto o renta temporal con renta vitalicia diferida. Es aquella modalidad en la que el afiliado decide mantener una cantidad de fondos de su cuenta individual en una AFP para que durante un determinado lapso de tiempo ésta le pague una pensión (Renta Temporal), comprando en forma simultánea una Renta Vitalicia que le pague una pensión desde una fecha futura previamente pactada (Renta Vitalicia Diferida).

Este sistema es complementado subsidiariamente por pensiones asistenciales, proveídas por el Estado y financiadas con impuestos, en dos casos principalmente:

Cuando el trabajador no haya cotizado a ninguna AFP, entregando una pensión básica solidaria. A aquellos trabajadores cuyo ahorro previsional en su AFP no llegue a un mínimo, entregando un Aporte Previsional Solidario.

Los trabajadores que trabajen por cuenta ajena o propia, residentes legales en Chile, tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto de los chilenos, y por ende el derecho a percibir una prestación en los mismos términos que un ciudadano chileno, tanto si el derecho a la prestación proviene de su cuenta individual de cotización o derivase de su aptitud para recibir una pensión asistencial solidaria del Estado, debiendo cumplir los mismos requisitos que un ciudadano chileno.

En el caso de ciudadanos españoles, hay que tener en cuenta el Convenio de la Seguridad Social entre Chile y España, que en materia previsional concede algunos beneficios para el cálculo de pensiones como para compatibilidad en el cobro de ambas pensiones (visitar el apartado, para saber más sobre las ventajas previsionales del Convenio).

: Funcionamiento del sistema previsional chileno. Ministerio de Trabajo y Economía Social

¿Cómo funciona el sistema de AFP en Chile?

Sistema de Pensiones Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) El sistema de pensiones chileno tiene su base en el ahorro que cada persona realiza durante su vida laboral. Ese ahorro, que se materializa en la cotización del 10% de la remuneración imponible mensual, es depositado en cuentas individuales, que son de propiedad de cada trabajador.

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Esas cuentas son gestionadas por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la cual se afilia cada persona. Las AFP, que son entidades privadas pero reguladas y fiscalizadas por el Estado, invierten el dinero de los trabajadores con el fin de hacerlo crecer. Así, al terminar la vida laboral los trabajadores reciben su dinero a través de una pensión.

El monto de la misma dependerá de los fondos que cada persona haya acumulado más la rentabilidad que estos generaron a lo largo del tiempo. En la actualidad son seis las AFP que operan en el país. Por su labor de administrar los dineros de los trabajadores, estas empresas están facultadas para cobrar un precio por dicho servicio.

Planvital: Modelo: Habitat: Capital: Provida: Cuprum:

Esa es la única comisión que pueden cobrar las AFP. Ahora bien, como estas entidades tienen por misión hacer crecer los ahorros de sus afiliados, pueden realizar algunas inversiones en el extranjero. Para esto se asesoran contratando a otras empresas que conocen mejor esos mercados.

Por dicho trabajo, esas instituciones externas cobran una comisión, llamada comisión de intermediación, que no es con cargo al ahorro de los trabajadores, sino que corresponde a un porcentaje de la ganancia que se obtiene de la inversión. Entre otras obligaciones, las AFP deben enviar a sus afiliados un informe cada cuatro meses, llamado Cartola Cuatrimestral, el que contiene información relevante para las personas, como el monto acumulado y las cotizaciones pagadas.

: Sistema de Pensiones

¿Qué se hace con el dinero de las AFP?

Las AFP se quedan con la plata de los trabajadores Por Ley, todo el ahorro previsional le pertenece a los trabajadores y tiene como fin único el pago de pensiones. Es por eso, que los fondos tampoco son embargables, es decir, no pueden usarse para financiar otro tipo de deudas.

  • Es importante recalcar que toda la cotización y su rentabilidad –ganancia que se genera por la inversión del ahorro previsional– es incorporada de manera íntegra en la cuenta de los trabajadores y reinvertida para generar mayor rentabilidad.
  • Es más, de cada $1.000 acumulados en los ahorros previsionales de los trabajadores, $200 corresponden a cotizaciones y $800 a rentabilidad.

Los ahorros previsionales son de largo plazo, puesto que las personas comienzan a ahorrar al inicio de su vida laboral y el momento de desahorro comienza hasta 40 años después. Por Ley, las AFP informan los valores diarios de los llamados “valores cuota”, que no son otra cosa sino el reflejo del valor de los instrumentos en que están invertidos los fondos.

  • La rentabilidad es la variación de estos valores cuota en un período determinado de tiempo y por ejemplo, cuando el valor de los instrumentos financieros (acciones, deuda estatal, fondos de inversión, entre otros) baja, entonces baja la rentabilidad, lo que no significa que existan pérdidas.
  • La pérdida financiera existe solo cuando se liquida el activo, en el caso de los fondos previsionales la pérdida solo se hace efectiva cuando los afiliados se cambian de fondos durante períodos de rentabilidad negativa.

Por eso es importante evaluar la rentabilidad de los fondos de pensiones en el largo plazo. Para tener una idea sobre el efecto de la rentabilidad en el largo plazo, el ahorro previsional en el período de 22 años, desde 1999 a 2022, no ha sufrido pérdidas y, por el contrario, se ha multiplicado en torno a cinco veces.

  • Desde el año 2002 hasta hoy, los fondos Tipo A acumulan una rentabilidad nominal de 541%, mientras que los Tipo E alcanzan un acumulado de 272%.
  • Otra forma de expresar el rendimiento de los fondos es señalar que el saldo inicial del ahorro previsional ha crecido 5,4 veces en los fondos Tipo A y 2,7 veces en los fondos Tipo E.

Para poder comparar la rentabilidad con otros agentes de mercado, un ahorro de 100 UF capitalizado por 41 años en los fondos de pensiones ascendería hoy a UF 2.141, y solo a 545 UF si se hubiera colocado en depósitos a plazo de la banca. El capital en las AFP sería cuatro veces mayor al comparar estas alternativas.

Una de las características diferenciadoras de nuestro sistema de pensiones es la “capitalización” de las cotizaciones. Capitalizar significa que los aportes mensuales que hacen los afiliados a sus cuentas individuales se convierten en capital para invertir, que es lo que realizan las AFP a nombre de los trabajadores afiliados, generando así rentabilidad.

Las AFP invierten el ahorro de los afiliados comprando instrumentos financieros de distintas entidades, como acciones y bonos, por ejemplo. Posteriormente, las Administradoras hacen el seguimiento a diario de los precios de estos instrumentos y cómo van cambiando los valores de mercado de dichas inversiones (por ejemplo, una acción de la Bolsa) y las van conservando o vendiendo, con el fin de generar ganancias para sus afiliados.

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La rentabilidad, entonces, es simplemente la diferencia del valor cuota en un período de tiempo, respecto a su valor inicial (por ejemplo, si al cotizar el valor cuota era de $20.000 y un año después es de $30.000, entonces la rentabilidad es de 50% nominal). Del total de los ahorros previsionales acumulados por los trabajadores para su pensión, un 21% corresponde a las cotizaciones actualizadas según la UF y un 79% a rentabilidad.

Sí. Por Ley las AFP están obligadas a invertir una parte de su patrimonio de la misma forma en que invirtieron los ahorros de los afiliados. De esta forma poder compensar a los afiliados en caso de obtener rentabilidades más bajas que las del resto de las Administradoras, y a su vez, incentivar a la AFP a obtener siempre la máxima rentabilidad.

  • A este sistema se le llama encaje y equivale al 1% de los fondos de pensiones que administran, representando el 50% del patrimonio de las AFP a marzo 2022.
  • Por Ley, las utilidades de las AFP provienen, principalmente, del cobro de comisiones mensuales que hacen por la administración y gestión de los servicios previsionales.

Esta comisión que se cobra a los afiliados corresponde a un monto fijo calculado sobre el total del sueldo de cada trabajador, por lo que quienes están cesantes o no cotizan no pagan comisiones. Las AFP tienen ganancias tanto por la rentabilidad de su inversión como por la comisión que cobran por administrar el fondo.

  1. Por eso, aún cuando la rentabilidad es baja o negativa, la AFP obtiene ganancias por las comisiones.
  2. Las AFP no invierten donde se les antoja.
  3. Todos sus movimientos están regulados por la Superintendencia de Pensiones.
  4. Al 29 de abril de 2022 un 48,6% de la inversión se realizó en el extranjero y un 51,4% en Chile, principalmente en el Estado, bancos y empresas.

Dado que las expectativas y el costo de la vida aumentan, el ahorro previsional mensual probablemente no sea suficiente para financiar una jubilación. Para ello, surge la inversión previsional, que busca multiplicar los ahorros. Teniendo esto en cuenta, hoy el ahorro previsional de los trabajadores está construido por sus cotizaciones obligatorias (que representan un 21% del total) y por la rentabilidad obtenida por dichos fondos a través de la administración y gestión de las AFP (la que alcanza el 79% del total acumulado).

¿Cómo calcular la AFP mensual?

Pero, ¿cómo saber cuánto me descuentan? – A los aportantes de la AFP todos los meses se les descuenta:

Un 10% del aporte obligatorio que va a su fondo de pensiones.La comisión por administración de la AFP, que varía según la administradora en la que estés afiliado.La prima de seguro previsional (cubre invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio). Será de 1.74% (2021-2022) y ya no de 1.35% como el año pasado.

Este descuento también depende de si el afiliado se encuentra en la comisión sobre el flujo o en la comisión mixta, – En comisión por flujo el descuento es de entre 13.21% y 13.43%, dependiendo de la AFP en la que te encuentres. Por ejemplo si el afiliado tiene una remuneración bruta de S/ 2,000 mensuales y su AFP tiene una comisión por flujo se le descontará entre S/ 264.2 y S/268.6.

  • Si el afiliado gana el salario mínimo de S/930, le descontarán entre S/122 y S/124.89,
  • En la comisión mixta se te descuenta entre 11.74% y 12.41%, según la AFP a la que estés afiliado.
  • Por ejemplo, si el salario del afiliado es de S/2,000 al mes y su AFP cobra una comisión mixta se le descontará entre S/ 234.8 y S/248.2,

En caso el aportante tenga un sueldo mínimo de S/930 el descuento será de entre S/109.18 y S/115.41,

¿Dónde invierten las AFP en Chile?

💸COMO FUNCIONAN LA$ AFP | CHILE

¿En qué sectores se invierte a nivel nacional? Las mayores inversiones, al 31 de diciembre, se encuentran en: Sector Servicios: Cencosud – Lan – Falabella. Eléctrico: Enersis – Endesa – Colbun.

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¿Cómo ópera El sistema de AFP en Chile y quién lo regula?

Funcionamiento del sistema previsional chileno. Ministerio de Trabajo y Economía Social Chile se rige desde 1980 por un sistema de capitalización individual obligatoria, según el cual todos los trabajadores deben depositar cada mes un porcentaje de su sueldo o ingreso en una cuenta personal de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Son obligatorias, en una cuantía de un 10% sobre el sueldo bruto imponible a cargo del trabajador, más un porcentaje correspondiente a la comisión de la AFP. Se añade también un porcentaje adicional de cotización para acceder al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), de 1,53% del sueldo, que es de cargo al empleador, para trabajadores dependientes. También puede cotizarse voluntariamente, en una cuenta de capitalización individual a cargo del trabajador, por el porcentaje que se desee. Se permite el ahorro previsional voluntario colectivo. Consiste en una mejora acordada por la empresa y los trabajadores para incrementar el fondo de capitalización individual para todos los trabajadores por igual y a cargo del empleador. Existen diferentes fondos (5), cuya rentabilidad es variable y que elige el trabajador. Por norma general, la edad legal para acceder a los fondos es de 65 años a los hombres y de 60 años a las mujeres.

En el caso de los trabajadores independientes (autónomos), el Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar el afiliado independiente por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones.

  • Si el monto retenido fuese insuficiente para el pago total de las cotizaciones, se requerirá el pago directamente al afiliado por el monto faltante.
  • En el caso de que el trabajador trabaje tanto por cuenta ajena como de manera independiente, solo cotizará en la parte de trabajador independiente por los honorarios obtenidos en aquella parte que falta para completar el referido límite imponible anual, si fuera el caso.

En cuanto al tipo de pensiones que entrega el sistema, destacan las siguientes tres modalidades:

Renta Vitalicia. El futuro pensionado opta por una compañía de seguros donde la AFP traslada sus fondos, la compañía calcula la pensión correspondiente mensual de por vida en UF. Este tipo de renta implica el traspaso de la propiedad de los fondos del afiliado a la Compañía de Seguros que elija, así como el riesgo de sobrevida de este, asegurando con ello, independiente de las variables que se presenten, una renta mensual y vitalicia expresada en UF. Retiro programado. El futuro pensionado negocia con la AFP una pensión mensual en UF de acuerdo con los fondos capitalizados por un tiempo determinado. El afiliado decide mantener su cuenta individual en una AFP, con cuyo saldo acumulado le será calculada anualmente una pensión, siendo su monto dependiente del saldo que año a año exista en su cuenta. Mixto o renta temporal con renta vitalicia diferida. Es aquella modalidad en la que el afiliado decide mantener una cantidad de fondos de su cuenta individual en una AFP para que durante un determinado lapso de tiempo ésta le pague una pensión (Renta Temporal), comprando en forma simultánea una Renta Vitalicia que le pague una pensión desde una fecha futura previamente pactada (Renta Vitalicia Diferida).

Este sistema es complementado subsidiariamente por pensiones asistenciales, proveídas por el Estado y financiadas con impuestos, en dos casos principalmente:

Cuando el trabajador no haya cotizado a ninguna AFP, entregando una pensión básica solidaria. A aquellos trabajadores cuyo ahorro previsional en su AFP no llegue a un mínimo, entregando un Aporte Previsional Solidario.

Los trabajadores que trabajen por cuenta ajena o propia, residentes legales en Chile, tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto de los chilenos, y por ende el derecho a percibir una prestación en los mismos términos que un ciudadano chileno, tanto si el derecho a la prestación proviene de su cuenta individual de cotización o derivase de su aptitud para recibir una pensión asistencial solidaria del Estado, debiendo cumplir los mismos requisitos que un ciudadano chileno.

En el caso de ciudadanos españoles, hay que tener en cuenta el Convenio de la Seguridad Social entre Chile y España, que en materia previsional concede algunos beneficios para el cálculo de pensiones como para compatibilidad en el cobro de ambas pensiones (visitar el apartado, para saber más sobre las ventajas previsionales del Convenio).

: Funcionamiento del sistema previsional chileno. Ministerio de Trabajo y Economía Social